Ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria

El objetivo es mejorar las condiciones en las que las industrias agroalimentarias de la región llevan a cabo la transformación y la comercialización de productos agrícolas para lograr mayor valor añadido en los productos elaborados, mejorar su calidad y, mejorar su competitividad en el mercado.

Beneficiarios

Las personas físicas o jurídicas titulares de industrias agroalimentarias localizadas o que se vayan a localizar en Castilla-La Mancha y dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas del Anexo I del Tratado, excepto los productos de la pesca y los productos vitivinícolas.
 
Actuaciones subvencionables
Serán subvencionables las inversiones acometidas después de la solicitud y visita de comprobación, y antes del plazo máximo de justificación en:
  • Procesos de transformación y/o comercialización de productos Agrícolas en cualquiera de sus fases de elaboración, recepción de la materia prima, almacenamiento del producto final terminado y listo para su venta o distribución.
  • Inversiones en procesos de comercialización de productos agrícolas, siempre y cuando se produzcan en la propia industria agroalimentaria objeto de ayuda.
  • Inversiones ligadas al conjunto de las instalaciones o que afecten al funcionamiento general de la industria agroalimentaria.

Des de gastos de construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles, excepto la compra de terrenos. La compra de nueva maquinaria y equipos. Honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, incluidos los estudios de viabilidad.

Adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.

Datos ayuda
  • La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva según puntuación de los criterios de valoración.
  • Los gastos subvencionables no podrán superar los siguientes límites o módulos incluidos en las bases.
  • Las ayudas consistirán en una subvención de capital a la inversión de entre el 5% y el 45% según categoría de empresa y características del proyecto.
  • Ejecución mínima del 70% del presupuesto subvencionable aprobado en la resolución de concesión.
  • Inversión mínima de 10.000€ (o 100.000€ en zonas que formen parte de los GAL), y máxima de 20.000.000€.
  • El plazo para la ejecución y justificación de la inversión no podrá ser superior a 20 meses contados desde la fecha de resolución, y será indicado por la misma.
Plazo de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 26 de noviembre de 2022 hasta el 30 de diciembre de 2022.

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