Inversiones en instalaciones de transformación, en infraestructuras vitivinícolas, estructuras e instrumentos de comercialización.

Ayudas de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
El objetivo es fomentar inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización con la finalidad de mejorar el rendimiento global de las empresas del sector vitivinícola y su adaptación a las demandas del mercado, así como aumentar su competitividad, incluso con el fin de mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global, y los procesos sostenibles y digitalizados.

Beneficiarios

  • Empresas vitivinícolas.
  • Organizaciones de productores vitivinícolas.
  • Asociaciones de dos o más productores.
  • Organizaciones interprofesionales.
  • Organizaciones profesionales.

Gastos subvencionables

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
  • Compra de nueva maquinaria y equipo.
  • Gastos administrativos vinculados a la inversión.
  • Adquisición o desarrollo de soportes lógicos de ordenador y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.
  • Inversiones realizadas para el control de calidad.
  • Inversiones realizadas para la comercialización.

Datos Ayuda

  • Las inversiones pueden ser anuales o bienales (a excepción de la convocatoria 2026-2027).
  • Inversión general mínima de 100.000 € (modificable según la comunidad autónoma).
  • Inversión máxima sin límite en cuanto al importe total, pero limitado en los precios unitarios máximos por tipo de actuación (urbanización, edificaciones, proyectos…).
  • Plazo de justificación: 30 de abril del ejercicio FEAGA que corresponda (anual o bienal).
  • Se aplican criterios de priorización.
  • Porcentajes de ayuda:
    • Hasta un 50% en las comunidades autónomas clasificadas como regiones menos desarrolladas, según tipo de empresa.
    • Hasta un 40% en las comunidades autónomas distintas de las regiones menos desarrolladas, según tipo de empresa.
    • Hasta un 75% en la Comunidad Autónoma de Canarias y otras regiones ultraperiféricas, según tipo de empresa.

Plazo de Solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de la primera convocatoria será desde el 27 de octubre de 2022 hasta el 1 de abril de 2023. Para el resto de convocatorias, las solicitudes de ayuda deberán presentarse de forma general antes del 1 de febrero de cada año.

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