Kit Digital: Programa para la transformación digital de pymes y autónomos
Menú
El objetivo es fomentar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir una mejora significativa
en el nivel de madurez digital a través de las soluciones de los agentes digitalizadores.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y los autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio. Se establecen tres segmentos de beneficiarios diferentes:
Segmento I: Pequeñas empresas de entre 10 y 49 trabajadores
Segmento II: Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 trabajadores
Segmento III: Pequeñas empresas o microempresas de entre 0 y menos de 3 trabajadores
Conceptos susceptibles de ayuda
Serán subvencionables las actuaciones en que incurra el beneficiario para a la adopción de las soluciones de digitalización que respondan a alguna de las categorías siguientes:
Sitio web y Presencia básica en internet
Comercio electrónico
Gestión de redes sociales
Gestió de clients
Business Intelligence i analítica
Servicios de oficina virtual
Gestión de procesos
Factura electrónica
Comunicaciones seguras
Ciberseguridad
Presencia avanzada en internet
Marketplace
También podrá ser objeto de la ayuda la sustitución de alguna de las soluciones de digitalización ya adoptadas previamente por el beneficiario siempre que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos exigidos para cada categoría de solución.
Datos ayuda
El importe de las ayudas será de un máximo de:
12.000 euros para las empresas del Segmento I
6.000 euros para las del Segmento II
2.000 para las del Segmento III
Plazo de Solicitudes
Primer segmento de empresas (entre 10 y 49 trabajadores): del 15 de marzo de 2022 y hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas.
Segundo segmento (de entre 3 y menos de 10 trabajadores): del 2 de septiembre de 2022 hasta el día 2 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas.
Tercer segmento (entre 0 y menos de 3 trabajadores): del 20 de octubre de 2022 hasta el 20 de octubre de 2023.